Derecho de acceso a la información pública
Derecho de acceso a la información pública
La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en su artículo 12, reconoce que «todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución española [...]». Este derecho garantiza que cualquier persona pueda solicitar y obtener de la UIB la información pública que considere de interés, con los únicos límites establecidos en la propia ley (artículos 14 y 15).
Se entiende por información pública cualquier contenido o documento, sea cual sea su formato o soporte, que esté en poder de la UIB y haya sido elaborado o adquirido en el ejercicio de sus funciones.
Para iniciar el procedimiento, es necesario presentar una solicitud que incluya:
- La identidad de la persona solicitante.
- La información que se solicita.
- Una dirección de contacto, preferentmente electrónica, a efectos de comunicación.
- La modalidad preferida para acceder a la información: en papel o electrónicamente.
- Opcionalmente, la motivación de la petición.
La solicitud, dirigida a la secretaria general de la UIB, puede presentarse de forma telemática o presencial, según la modalidad escogida:
- Presentación telemática: a través de la sede electrónica de la UIB, mediante la instancia electrónica: Solicitud de acceso a la información pública (ficha del procedimiento: Transparencia - Acceso a la información pública de la UIB del catálogo de procedimientos de la UIB).
Para poder identificarse en la sede electrónica y firmar la solicitud, la persona interesada debe disponer de:
- Un certificado electrónico emitido por una autoridad de certificación reconocida por el Estado español, o
- Un DNI electrónico, o
- Credenciales de la UIB
- En persona (solo personas físicas NO obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración de la UIB): mediante un escrito dirigido a:
Secretaria general
Universidad de las Illes Balears
Ctra. de Valldemossa, km 7,5
07122 Palma (Illes Balears)
No es necesario ningún formulario específico, siempre que se incluya la información mencionada anteriormente. Sin embargo, se puede utilizar el formulario de instancia genérica (ficha del procedimiento: Instancia genérica del catálogo de procedimientos de la UIB).
La solicitud se puede presentar en:
- La Oficina de Soporte en Materia de Registros o en los puntos de apoyo de registro de la Universidad de las Illes Balears.
- Las oficinas y registros establecidos legalmente en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.